El Comite de Seguridad en el Trabajo

El Comite de Seguridad y Salud en el Trabajo

El Comite de Seguridad y Salud en el Trabajo en la Gestión de Seguridad

El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo (CSST) 🏛️

Análisis de la Ley N° 29783, D.S. 005-2012-TR y modificatorias D.S. 001-2021-TR.

🏛️ 1. El Comité en la Gestión de Seguridad

El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo (CSST) constituye uno de los pilares fundamentales del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo en el ordenamiento jurídico peruano. Su existencia responde al mandato de la Ley N° 29783, reglamentada por el D.S. N° 005-2012-TR, con modificaciones sustanciales mediante el D.S. N° 001-2021-TR (29 de enero de 2021).

📖 2. ¿Qué es el Comité de SST?

Definición legal (Glosario D.S. 005-2012-TR):
"Órgano bipartito y paritario constituido por representantes del empleador y de los trabajadores, con las facultades y obligaciones previstas por la legislación... destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones del empleador en materia de prevención de riesgos".

🤝 Bipartismo Dos partes diferenciadas con igual peso en decisiones.
⚖️ Paridad Igual número de representantes del empleador y trabajadores.
🛡️ Finalidad Preventiva Prohibición de realizar actividades ajenas a la prevención (Art. 41).

📅 3. ¿Cuándo se forma el Comité?

Umbral legal (Art. 29 Ley 29783): Empleadores con 20 o más trabajadores constituyen un CSST.

  • Menos de 20 trabajadores: Eligen un Supervisor de SST.
  • Varios centros de trabajo: Pueden tener Subcomités o Supervisores por sede.

🧑‍🤝‍🧑 4. Número de Miembros (Art. 43)

Regla General

Por acuerdo de partes: mínimo 4, máximo 12 miembros (debe ser número par).

A falta de acuerdo

  • +100 trabajadores: mínimo 6 miembros.
  • +2 miembros por cada 100 adicionales.
  • Máximo absoluto: 12 miembros.

👔 5. Composición: Presidente, Secretario y Miembros

Conforme al Art. 56 (Mod. D.S. 001-2021-TR):

  • 🔹 Presidente/a: Elegido por el Comité. En caso de empate tras 2 sesiones, se define por sorteo.
  • 🔹 Secretario/a: Elegido por el Comité. Si Presidencia es por sorteo, la otra parte asume Secretaría.
  • 🔹 Miembros: Fomentan y hacen cumplir los acuerdos del Comité.

Funciones clave: El Presidente representa al Comité ante el empleador. El Secretario gestiona las actas y archivo.

🗳️ 6-7. Representantes y Proceso Electoral

👔 Empleador

Designación directa entre personal de dirección y confianza (Art. 48).

👷 Trabajadores

Elección democrática (Art. 49). Votación secreta, directa y puede ser no presencial.

Entidad a cargo: Organización sindical mayoritaria. Excepcionalmente el empleador si el sindicato no convoca en 30 días.

📋 8. Instalación y Acta de Constitución

Contenido mínimo del Acta (Art. 53):

  • Nombre del empleador
  • Miembros titulares/suplentes
  • Observador sindical (si aplica)
  • Lugar, fecha y hora

Se debe llevar un Libro de Actas exclusivo para el Comité.

9. Mandato, Vacancia y Protección

Duración: 1 a 2 años (trabajadores) Vacancia: 3 faltas consecutivas o 4 alternadas 🛡️ Protección: Contra despido incausado desde la convocatoria hasta 6 meses después del cargo

⏱️ 10. Licencia con Goce de Haber

30 días

naturales por año calendario para funciones del comité (Art. 73). Proporcional si el periodo es menor a un año.

⚙️ 11. Funciones Clave del CSST (Art. 42)

✅ Aprobar Reglamento Interno y Plan Anual
✅ Vigilar Programa Anual de Capacitaciones
✅ Realizar inspecciones periódicas
✅ Investigar incidentes y accidentes
✅ Revisar estadísticas mensuales
✅ Reportar accidentes mortales (inmediato)

Importante: Reporte trimestral de estadísticas a la máxima autoridad del empleador.

📆 12. Reuniones y Acuerdos

  • 🔹 Ordinarias: 1 vez al mes, dentro de la jornada laboral.
  • 🔹 Extraordinarias: Por accidente mortal o solicitud de 2 miembros.
  • 🔹 Quórum: Mitad más uno. En segunda citación, con los que asistan.
  • 🔹 Acuerdos: Por consenso. Si no, mayoría simple. El Presidente tiene voto dirimente.

🔍 13-14. Subcomités y Observador Sindical

📌 Subcomités (Art. 44-A)

Incorporados por D.S. 001-2021-TR. Emiten sugerencias al Comité principal y coordinan permanentemente. Reportan accidentes al CSST (no directo a gerencia).

👁️ Observador Sindical

Presente si hay sindicato mayoritario. Asiste a reuniones con voz pero sin voto. Puede solicitar información y alertar sobre riesgos.

El CSST es una inversión estratégica 🛡️

La constitución y funcionamiento del Comité no es solo una exigencia legal; es el núcleo de la cultura preventiva.

Mensaje final: Sin paridad y sin actas, no hay cumplimiento normativo.

Preguntas Frecuentes (FAQ) ❓

¿Cuándo es obligatorio tener un Comité y no solo un Supervisor?

Cuando la empresa cuenta con 20 o más trabajadores. Con menos de 20, basta con un Supervisor de SST.

¿Quién organiza las elecciones de los representantes de los trabajadores?

La organización sindical mayoritaria. Solo si esta no cumple con el cronograma (30 días de plazo), el empleador asume la organización excepcionalmente.

¿Los miembros del Comité tienen protección laboral especial?

Sí. Gozan de protección contra el despido incausado desde la convocatoria a elecciones hasta 6 meses después de finalizar su mandato.

¿Cada cuánto se reúne el Comité de SST?

De manera ordinaria, una vez al mes, dentro del horario de trabajo y en local proporcionado por el empleador.

¿Qué cambió con el D.S. 001-2021-TR?

Permitió la votación no presencial, reguló las funciones de los Subcomités, y precisó el mecanismo de elección del Presidente por sorteo si no hay consenso en 2 sesiones.

Normativa de referencia: Ley N° 29783 (modificada por Ley N° 30222 y Ley N° 31246); D.S. N° 005-2012-TR y D.S. N° 001-2021-TR.