Prevencion del Acoso Sexual en el Trabajo

Prevención y sanción del hostigamiento y acoso sexual en el trabajo Ley N° 27942 | Decreto Supremo N° 014-2019-MIMP
📋 Capacitación Obligatoria 2026

Prevención y sanción del hostigamiento y acoso sexual en el trabajo

Ley N° 27942 | Decreto Supremo N° 014-2019-MIMP

Capacitación Obligatoria: Prevención y Sanción del Hostigamiento y Acoso Sexual

Garantice un entorno laboral seguro y cumpla estrictamente con la Ley N° 27942 y el D.S. N° 014-2019-MIMP. Evite multas muy graves de SUNAFIL con nuestro servicio de capacitación especializada.

Versión 1: Capacitación para todos los Trabajadores

Objetivo: Sensibilizar a toda la organización sobre la importancia de un ambiente libre de acoso e informar claramente sobre los canales de denuncia.

M1

Marco Legal y Conceptual

  • Base Legal: Constitución Política, Ley N° 27942 y Reglamentos.
  • Definición: ¿Qué es el hostigamiento sexual? Conceptos clave.
  • Formas: Tipos de conductas que constituyen hostigamiento (verbal, físico, virtual).
M2

Identificación y Prevención

  • Características: Reconocimiento de situaciones de hostigamiento.
  • Sujetos: Quiénes pueden ser hostigadores y víctimas.
  • Prevención: Acciones para crear un ambiente laboral seguro.
M3

Procedimiento de Queja

  • Canales: ¿Dónde y cómo presentar una queja o denuncia?
  • Proceso: Etapas de la investigación y sanción.
  • Protección: Acciones para salvaguardar a la persona afectada.
M4

Responsabilidades y Consecuencias

  • Infracciones: Faltas muy graves (D.S. N° 019-2006-TR).
  • Rol de la Empresa: Obligaciones del empleador.
  • Sanciones: Consecuencias directas para el hostigador.

Versión 2: Para el Comité de Intervención y RR.HH.

Objetivo: Brindar herramientas técnicas, legales y psicológicas para la investigación, toma de decisiones y manejo de casos con enfoque de género.

M I

Marco Normativo y Funciones

  • Atribuciones: Plazos de ley (3 días para protección, 15 para informe final).
  • Enfoques: Cómo aplicar el enfoque de género e interculturalidad en el proceso.
M II

Técnicas de Investigación

  • Valoración de prueba: ¿Qué hacer sin testigos? (Indicios, chats, correos).
  • Declaración: Técnicas para evitar la revictimización de la afectada.
  • Equilibrio: Presunción de inocencia vs. Protección.
M III

Habilidades Blandas y Crisis

  • Empatía: Creación de un espacio seguro de escucha activa.
  • Conflictos: Manejo de tensión entre áreas con un investigado.
  • Informes: Redacción con recomendaciones (amonestación, despido).
M IV

Protección y Seguimiento

  • Criterios de Medidas: Riesgo para rotación, suspensión o alejamiento.
  • Derivación: Coordinación médica/psicológica para el soporte de la víctima.

Sectores a los que atendemos

Capacitamos a empresas, profesionales, técnicos y operarios asegurando el cumplimiento legal en rubros como:

  • Minería y Construcción Civil.
  • Industria, Manufactura y Energía.
  • Transporte, Logística y Comercio.
  • Banca, Servicios y Sector Agropecuario.

Nuestra Cobertura Nacional

Garantizamos el dictado de las capacitaciones de manera virtual o presencial, llegando directamente a sus operaciones:

  • Sur Minero / Comercial: Arequipa, Tacna, Moquegua, Cusco y Puno.
  • Centro y Costa: Lima e Ica.
  • Nivel Nacional: Movilización a cualquier unidad minera o proyecto en el país.

Preguntas Frecuentes (FAQ)

1. ¿Es obligatoria la capacitación sobre Hostigamiento Sexual? +

Sí. El Reglamento de la Ley N° 27942 (D.S. N° 014-2019-MIMP) exige obligatoriamente dos tipos de capacitación: una genérica al inicio de la relación laboral para todo el personal, y otra anual especializada para Recursos Humanos y el Comité de Intervención.

2. ¿Qué pasa si no realizo estas capacitaciones? +

Omitir estas capacitaciones está tipificado como una infracción muy grave en materia de relaciones laborales por SUNAFIL, lo que conlleva multas elevadas dependiendo del número de trabajadores afectados.

3. ¿Qué es el Comité de Intervención frente al Hostigamiento Sexual? +

Es un órgano paritario (compuesto por representantes del empleador y de los trabajadores) obligatorio en empresas con 20 o más trabajadores. Se encarga de investigar las denuncias y proponer las sanciones correspondientes.

4. ¿Quiénes dictan el curso para el Comité de Intervención? +

Este curso especializado (Versión 2) es dictado por nuestro equipo de psicólogos ocupacionales y abogados especialistas, ya que requiere un profundo conocimiento en valoración de pruebas, plazos legales y manejo de crisis.

5. ¿La capacitación puede ser virtual? +

Sí. Brindamos el servicio de manera virtual sincrónica (en vivo) a través de plataformas interactivas, cumpliendo con el registro de asistencia y evaluación requerida para certificar la capacitación ante la autoridad.

6. ¿Entregan certificados al finalizar? +

Sí, emitimos constancias y certificados firmados por profesionales colegiados y habilitados, los cuales sirven como sustento legal idóneo ante cualquier inspección del Ministerio de Trabajo o SUNAFIL.

7. Además de Hostigamiento Sexual, ¿dictan otros cursos de la Ley 29783? +

Sí, cubrimos los requerimientos del Anexo 6 y la Ley 29783, incluyendo: Lucha contra incendios, Uso de extintores, Ergonomía, Uso de EPP, Herramientas manuales/de poder, Primeros auxilios, Seguridad en oficinas, Liderazgo, IPERC, entre otros.

8. Somos una contrata minera. ¿Podemos tomar el curso? +

Por supuesto. Las empresas contratistas, subcontratistas y de actividades conexas (transporte, vigilancia, etc.) están en la obligación legal de capacitar a su personal y tener su propio Comité o Delegado de Intervención.

9. ¿Realizan capacitaciones in-house fuera de Lima? +

Sí, tenemos capacidad logística para enviar a nuestros instructores presencialmente a Arequipa, Cusco, Puno, Moquegua, Tacna, Ica y directamente a operaciones mineras o plantas en todo el país.

10. ¿Cómo solicito una cotización? +

Contáctenos indicando el número de colaboradores, si requiere la versión para trabajadores o la del Comité, y la modalidad (Virtual/Presencial). Le enviaremos una propuesta técnica y económica adaptada a su empresa.