Trabajos de alto riesgo en operaciones mineras DS Nº-024-2016-EM

Trabajos de alto riesgo DS Nº 024-2016-EM

Trabajos de alto riesgo en operaciones mineras

1. Definición y marco regulatorio específico

En el sector minero, los trabajos de alto riesgo son aquellas actividades que, por su naturaleza, presentan una probabilidad elevada de causar lesiones graves o fatales. El D.S. N° 024-2016-EM identifica expresamente: trabajos en altura (a partir de 1.80 m), espacios confinados, excavaciones y taludes, voladuras, izajes críticos, manejo de explosivos, trabajos en caliente, entre otros. El OSINERGMIN fiscaliza exhaustivamente estas actividades y puede ordenar la paralización de la operación si se incumplen los controles establecidos. Además, la Ley N° 29783 y el D.S. N° 005-2012-TR proporcionan el marco general de gestión de riesgos.

2. El Permiso de Trabajo de Alto Riesgo (PETAR)

El PETAR es un documento de control que autoriza la ejecución de una tarea de alto riesgo en un turno específico, tras verificar en campo que todos los controles críticos están implementados. No sustituye al PETS, sino que lo complementa. Sus contenidos mínimos son: descripción de la tarea, identificación de peligros, lista de verificación de controles (que se chequean uno a uno en el lugar), EPP adicionales, vigencia (máximo un turno) y firmas del ejecutor, supervisor y prevencionista. La ausencia o llenado incorrecto del PETAR es una infracción grave ante OSINERGMIN.

3. Principales trabajos de alto riesgo y controles críticos

  • Trabajo en altura (≥1.80 m): arnés de cuerpo completo anclado a un punto con resistencia de 2268 kg, línea de vida, casco con barbiquejo, supervisión permanente y plan de rescate. Referencia: ANSI Z359 y OSHA 29 CFR 1926.501.
  • Espacios confinados: monitoreo de atmósfera, ventilación forzada, vigía externo, equipo de comunicación y, si es necesario, equipo autónomo de respiración. Referencia: OSHA 29 CFR 1910.146.
  • Voladuras: polvorín autorizado, plan de voladura, señalización, desalojo y control de accesos.
  • Excavaciones: estudio geotécnico, entibamiento o taludes adecuados, monitoreo de estabilidad y barreras antiderrumbe.

4. Capacitación y certificación del personal

Los trabajadores que ejecutan labores de alto riesgo deben estar certificados. La R.M. N° 308-2001-EM/SG exige formación específica en trabajo en altura y espacios confinados, incluyendo rescate técnico. La certificación suele tener una vigencia de dos a tres años, tras lo cual se requiere reentrenamiento. Los registros de formación deben estar siempre disponibles para fiscalización.

Trabajos de alto riesgo en operaciones mineras Trabajador en altura con arnés en minería

5. Controles Críticos de Riesgo (CCR) según la ICMM

La ICMM promueve la metodología de Controles Críticos de Riesgo, que consiste en identificar los pocos controles vitales que previenen una fatalidad y verificarlos obligatoriamente antes de cada tarea. Por ejemplo, en trabajo en altura los CCR son: arnés inspeccionado, punto de anclaje certificado, vigía presente. Si un CCR falla, la tarea no se ejecuta. Esta metodología ha sido clave para reducir la siniestralidad en la gran minería.

6. Supervisión y disciplina operativa

En trabajos de alto riesgo, la supervisión debe ser presencial y continua. El supervisor está facultado para detener la tarea si observa cualquier desviación. Las empresas líderes implementan “Verificación de Campo”, donde un prevencionista audita en tiempo real un porcentaje de los PETAR emitidos cada día. Esta doble verificación incrementa la confiabilidad del sistema.

7. Investigación de incidentes de alto potencial

Todo cuasi accidente de alto potencial (un casi fatal) debe investigarse con la misma rigurosidad que un accidente real, porque revela fallas latentes que pueden ser mortales en el futuro. La Ley N° 29783 obliga a reportar y analizar estos incidentes peligrosos. La ISO 45001 exige tomar acciones para prevenir su recurrencia.

8. Coordinación con contratistas

El titular minero es solidariamente responsable de la seguridad de sus contratistas. Los contratistas deben presentar sus propios PETS y PETAR, los cuales deben ser compatibles con los del titular. Se exige una reunión de alineamiento previo (pre-job meeting) para revisar los riesgos de interfase. El D.S. N° 024-2016-EM detalla estas obligaciones de coordinación.

9. Tecnología aplicada a trabajos de alto riesgo

La digitalización permite generar PETAR electrónicos con fotos de las verificaciones, geolocalizar la tarea y emitir alertas de vencimiento del permiso. Los drones inspeccionan taludes sin exponer personas. Los monitores de gases personales conectados a una central permiten evacuar un espacio confinado antes de que la atmósfera sea peligrosa. Estas innovaciones están en línea con la Industria 4.0 y elevan la seguridad a un nuevo nivel.

10. Cultura de parada segura

El principio supremo es que todo trabajador, sin distinción de rango, tiene el derecho y la obligación de detener cualquier tarea si percibe que un control crítico ha fallado o que las condiciones han cambiado. Esta política debe ser respaldada por la alta dirección sin ambigüedades. Las empresas que han internalizado este principio registran disminuciones drásticas en sus accidentes, porque la seguridad se convierte en responsabilidad de todos, no solo de los expertos.